Conclusiones presentadas el 10 de septiembre de 2013. Procedimientos de insolvencia. Competencia del tribunal del Estado miembro en el que se sitúa el centro de los intereses principales del deudor.

Tipo: Conclusiones
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Competencia judicial internacional
Fecha: 10/09/2013
Número de recurso: C-328/12
Comentario:

Conclusiones presentadas el 10 de septiembre de 2013. Abogado General Sra. Eleanor Sharpston. Asunto C-328/12. Schmid. Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania). Cooperación judicial en materia civil. Procedimientos de insolvencia. Reglamento (CE) núm. 1346/2000. Competencia del tribunal del Estado miembro en el que se sitúa el centro de los intereses principales del deudor. Acción revocatoria ejercitada en el marco del procedimiento de insolvencia. Elemento extraterritorial. Demandado con domicilio en un tercer Estado.

La Abogado General propone al Tribunal contestar la cuestión planteada en el siguiente sentido:

  • "El artículo 3, apartado 1, del Reglamento (CE) núm. 1346/2000 del Consejo, de 29 de mayo de 2000, sobre procedimientos de insolvencia, debe interpretarse en el sentido de que lostribunales del Estado miembro en el que se ha abierto el procedimiento de insolvencia tienen competencia para conocer de una acción revocatoria por insolvencia contra un demandado cuyo domicilio o domicilio social no se encuentre en el territorio de un Estado miembro".

Procedimiento:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León